Nuevas directrices europeas sobre el tratamiento de datos personales en investigación científica

El Comité Europeo de Protección de Datos ha publicado la versión definitiva de sus Directrices 02/2025, enfocadas en regular el uso de la tecnología blockchain en proyectos que manejan datos personales. Esta actualización es de gran importancia para el personal investigador y los gestores de proyectos de I+D+i, ya que delimita cómo se deben diseñar las arquitecturas de datos para garantizar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) sin comprometer la validez técnica de la investigación.

El reto principal entre blockchain y la normativa radica en la inmutabilidad de la red, la cadena de bloques está diseñada para no borrar información, mientras que el RGPD exige que los participantes puedan ejercer su derecho al olvido o rectificar sus datos. El Comité deja claro que las limitaciones técnicas de una herramienta no eximen de cumplir la ley, por lo que el uso de esta tecnología debe planificarse cuidadosamente desde la fase de propuesta.

Las pautas prácticas que aplicar en la fase de diseño de los proyectos son:

  • Almacenamiento de datos fuera de la cadena (off-chain): queda totalmente desaconsejado registrar datos identificables de participantes (como pacientes, encuestados o usuarios) directamente en la blockchain. La solución aceptada consiste en almacenar los datos reales en servidores o bases de datos tradicionales seguros, registrando en la cadena únicamente huellas criptográficas o códigos hash. Si un participante solicita retirar sus datos, basta con eliminarlos del servidor externo; la huella en la blockchain permanecerá, pero quedará completamente inservible y anonimizada.

  • Selección del tipo de red y gobernanza: las convocatorias europeas y el RGPD priorizan el uso de redes privadas o permisionadas. A diferencia de las redes públicas abiertas, las redes permisionadas permiten acotar quiénes participan como nodos y definir con precisión la figura legal del responsable del tratamiento entre las entidades del consorcio.

  • Justificación técnica y Evaluación de Impacto (EIPD): la incorporación de blockchain en un proyecto requiere una justificación metodológica sólida mediante una Evaluación de Impacto previa. No es suficiente con fundamentar su uso en el carácter innovador de la tecnología, el equipo investigador debe argumentar por qué esta tecnología es estrictamente necesaria frente a una base de datos convencional y cómo se prevé gestionar la seguridad criptográfica a largo plazo.

La adopción de estas directrices garantiza que la infraestructura digital de los proyectos de investigación cumpla con las exigencias legales europeas, facilitando la transferencia de resultados y la correcta ejecución administrativa de los consorcios de I+D+i.

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Fuente de información:

Instituto de Salud Carlos III (ISCIII).

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